Panorama

Declaraciones tardías dieron identidad a más 313 mil dominicanos desde el 2015 al 2022

El volumen de declaraciones tardías de actas de nacimientos es cada vez menor en los últimos siete años y medio, lo que presumiblemente indica que el país parece avanzar en la dirección de corregir una falla ancestral que afectaba a miles de dominicanos sin identidades.

El subregistro de miles de dominicanos fue tan grave que necesario que la Junta Central Electoral creara  Unidad Central de Declaraciones Tardías de Nacimiento (UCDTN y los números revelan  resultados positivos.

Desde el 2015 a lo que va del 2022 suman 313 mil 377 dominicanos que ahora cuentan con actas de nacimientos y por ende, acceder a cédula de identidad y electoral, formación académica, a servicios básicos y a transacciones legales.

Estas cifras son muy significativas, al juzgar que en el 2008, las declaraciones tardías ascendieron a 108 mil  913, equivalente a un 34.7% del total acumulado en los últimos siete años y medio.

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De acuerdo a las estadísticas del Registro del Estado Civil de la Junta Central Electoral suministradas a N Digital, en el 2021 las declaraciones tardías ascendieron a 31 mil 761, equivalente a un 47.6% menos que al 2015, que fueron 60 mil 706, lo que implica 28 mil 945 documentos de diferencia.

Para el 2015, se produjo un promedio cinco mil 58 declaraciones tardías por mes y 168 por día.

En el 2016 fueron documentados 58 mil 61 dominicanos y para el 2017 el registro fue considerablemente menor con tan solo 48 mil 747.

En el 2018 fueron dotados de actas de nacimientos, 45 mil 47 individuos, nueve mil 41 más que al año siguiente, 2018, que fueron 36 mil 006.

El 2020 las emisiones de actas de nacimientos fuera de tiempo fue mucho menor a los años anteriores, sumando 20 mil 454.

Sn embargo, en el 2021, se incrementó el número respecto al año anterior, con 31 un mil 761 caos.

En lo que va de del 2022, cuando se arriba al mes siete del año, los registros apuntan a 12 mil 595 y las proyecciones menor cantidad en lo que va del nuevo siglo 21.

La falta de actas de nacimientos afectaba a miles de familias y a generaciones, pues si los padres no tenían documentos, no podían declarar a sus hijos, ni tampoco los hijos de sus hijos, pues no existían legalmente en el Registro Civil y esto afectaba todas sus actividades, desde académicas a laborales. Aunque humanamente existían, legalmente no y pasaban a una especie de subregistro.

¿Cómo hacer para realizar una declaración tardía?

Debe presentar a la Oficialía del Estado Civil correspondiente, los siguientes documentos:

  1. Constancia de nacimiento o alumbramiento del futuro inscrito, expedida por el médico, clínica, hospital, partera o alcalde pedáneo.
  2. Cédula de identidad y electoral vigente de los padres del futuro inscrito o del declarante.
  3. En caso de que uno de los padres haya fallecido, deberá presentar Acta de Defunción expedida por el oficial del estado civil correspondiente. En caso de que la misma haya sido registrada.

Nota: En aquellos casos en que no haya sido registrado el fallecimiento por ante el oficial del estado civil, podrá tomarse como documento probatorio del mismo, el certificado del hospital o clínica en donde ocurrió el fallecimiento o la certificación expedida por el alcalde pedáneo que da fe del enterramiento. A los mismos fines, el declarante deberá firmar ante el oficial del estado civil o el inspector que verifique la documentación, una declaración jurada que se anexará a dicho expediente.

  1. Acta de matrimonio de reciente expedición de los padres del futuro inscrito, si éstos fueren casados; en caso contrario, no es necesaria.
  2. Constancia de bautismo con indicación de presentación o no de acta de nacimiento.

FUENTE: N DIGITAL

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