Ciencias Jurídicas UASD pone en Circulación el libro “Inmigración, Pensamiento y Nación: 1880-1930”
La Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, se enorgullece con la puesta en circulación del libro “Inmigración, Pensamiento y Nación: 1880-1930”, autores profesor Aquiles Castro y profesora Ana Féliz; su libro viene a fortalecer la bibliografía sobre un tema que ha generado debate, tanto a nivel nacional como internacional.
El debate Sobre este tema ha pasado por varias etapas históricas de la República Dominicana; podemos hacer alusión a lo ocurrido en los días de marzo de 1854, donde Alejandro Angulo Guridi, se refirió a la Reforma Constitucional que se llevaba a cabo en ese momento y específicamente en lo relativo a la nacionalidad en la República Dominicana.
El señor Guridi publicó en medios escritos de la época, cito: “Lo de establecer un conflicto ridículo e ilusorio entre la naturaleza y la Ley”, nos parece, señor Tribuno, que es muy mal dirigido a los que como nosotros opinaban, por medio de la prensa periódica, que debía reconocerse por patria del hombre, el lugar en que nace y se bautiza. Lo que sí es ridículo, y no como quiera, sino en grado heroico y eminente, es negar que esa sea la patria. Lo que sí es ridículo de una manera superlativa, es decir que la naturaleza del padre, es la naturaleza del hijo, y en este falso concepto establecer que existe un conflicto entre ella y la ley que lo declare ciudadano de la tierra en que nace.”
El texto antes citado fue respuesta a lo planteado por el legislador Tejera en el Congreso revisor de la Constitución de 1854, en lo concerniente a la nacionalidad; el legislador Tejera había planteado lo siguiente: “He expuesto a la consideración del Congreso la doctrina del ilustre y sapiente Andrés Bello en sus Principios de Derecho Internacional, (*) Capítulo quinto, “de los Ciudadanos y extranjeros”, en que compila los principios de la legislación inglesa, francesa, española, angloamericana y la opinión de algunos sabios jurisconsultos en la materia. He concluido que si la casualidad de Ciudadano de un país se adquiere según las leyes que cada pueblo establezca, la Comisión se fundó, en que si el nacimiento hecho casual podía ser un motivo de privilegio, necesitaba siempre del consentimiento del individuo, porque el derecho de ciudadanía en los que no eran dominicanos ab origine o naturales, era una gracia, un beneficio (apreciable o no, pero que para la Comisión que estatuía es inestimable) y que como tal, según los principios generales, necesitaba el consentimiento expreso del aceptante; y como el niño nacido en Santo Domingo o en cualquiera parte del globo no puede tener otra voluntad que la del padre o madre… (*)”
En esas posiciones es más que claro que el problema migratorio y de nacionalidad ha generado interesantes reflexiones y debates en la vida social, legislativa, política y académica de la República Dominicana.
Los aspectos migratorios han tenido, tienen y tendrán vasta importancia en el enfoque de diferentes sectores de la República Dominicana.
La Resolución 2004 de 1882 que estableció el concepto de tránsito, que luego pasó a la Constitución Dominicana en 1929, y que ha generado importantes debates jurídicos, sociales y culturales de dentro de los dominicanos y fuera del país, es otro ejemplo que muestra la magnitud de lo afirmado
Por igual hay que destacar que en el año 1895 se generó un gran debate en la República Dominicana sobre el principio uti posidetis en lo relativo a los conflictos fronterizos dominico-haitiano, lo que trajo como consecuencia que mediante el decreto 3518 de mayo de 1895, Ulises Heureaux convocara un plebiscito para establecer el manejo que se le daría a dicho conflicto.
Uno de los aspectos causante de muchos debates y reflexiones, y que ha sido tratado por los autores Aquiles Castro y Ana Féliz en su libro “Inmigración, pensamiento y nación: 1880-1930” es el concerniente a la priorización de incentivar la inmigración de braceros de origen caucásico, establecido particularmente en la Orden Ejecutiva Número 372 del gobierno militar de Santo Domingo el 16 de diciembre de 1919, la cual establecía: “Queda prohibido en la República Dominicana la inmigración de braceros de cualquier raza que no sea la caucásica…”
Este tema abordado por especialistas en la materia y por quienes en sentido general se han involucrado con este tipo de problemas de carácter migratorio, antropológico y cultural… son tratados por los investigadores que hoy acompañamos en tan digna puesta en circulación.
No menos importante dentro del debate, y que debemos reconocer, es la referencia al Decreto 312 de 1963 emitido por el profesor Juan Bosch y la Ley 46 promulgada por el Dr. Joaquín Balaguer, que anularon algunas naturalizaciones llevadas a cabo en cumplimiento con la ley 1683 sobre naturalización.
Otro punto clave a tratar y muestra muy actual de la importancia que tienen estos temas para nuestra sociedad, es el debate que se ha motorizado recientemente sobre la Sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional de la República Dominicana del Plan de Regularización de Extranjeros Ilegales y Competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es por ello que al libro “Inmigración, Pensamiento y Nación: 1880-1930”, de los autores supra señalados hay que reconocerle el valor extraordinario que tiene como aporte a la interpretación y entendimiento de la temática abordada.
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